El stress postraumático como secuela de accidente laboral

Dr. Anselmo Peluffo

A los fines asistenciales y jurídicos se reconocen como tales las circunstancias derivadas de eventos traumáticos graves que ocurren en el trabajo o en el trayecto, ya sea como accidentes personales o como testigos presenciales del mismo. 

El stress postraumático constituye una enfermedad reconocida oficialmente por la OMS que tiene una etiología, una presentación y un curso evolutivo, así como un pronóstico y resolución.

La Ley de Riesgos del Trabajo reconoce esta entidad siempre que exista un nexo causal específico que lo vincule a un accidente laboral, descartando la incidencia de causas ajenas, tales como la estructura de personalidad predisponente o la influencia de factores socioeconómicos o familiares.

En general el paciente logra una adaptación a la nueva realidad, al cabo de 3 a 6 meses, sin secuelas.

Un grupo menor de casos evoluciona hacia una neurosis postraumática, la que puede derivar en algún grado de incapacidad que amerite resarcimiento económico, según el nivel o grado de afectación.

Los valores destinados a la prevención de accidentes no deben considerarse un gasto sino una inversión.

Lo mejor que un médico puede brindarle a su paciente es él mismo.
La compasión, la amabilidad y la consideración no son bienes negociables. 

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